¿Si estas en el mar y avistas cetáceos, sabes cómo tienes que comportarte?
Si estas en el mar y avistas cetáceos hay unas normas que se deben tener en cuenta.
¿Si estas en el mar y avistas cetáceos, sabes cómo tienes que comportarte? La ley protege a estos animales y la aproximación a ellos: conócela, compártela.
España tiene una legislación muy estricta en cuanto a la protección de los cetáceos, regulada en el Decreto 1727/2007 de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos. Si estas en el mar y avistas cetáceos hay unas normas que se deben tener en cuenta.
–Reduce la velocidad por debajo de 4 nudos de forma constante. Acercarte de forma paralela, NUNCA por detrás, NI por delante. NO LOS PERSIGAS, NO LOS ACOSES, NO INTERCEPTES SU TRAYECTORIA.
-Mantén una distancia mínima de 60 metros. A menos de esta distancia está prohibido acercarse a un cetáceo (delfín o ballena), se denomina zona de exclusión. Una vez aquí para el motor, los animales deberán acercarse si lo desean ellos.
-Entre los 60 y los 300 metros de los animales (zona de permanencia restringida) puede haber dos embarcaciones simultáneamente. El tiempo máximo de permanencia en esta zona es de 20 minutos. Pasado este tiempo, la embarcación debe alejarse de forma suave y en constante coordinación con las posibles embarcaciones que haya observando los animales o esperando para entrar en esta área.
-Si estás navegando con el barco y los cetáceos se colocan en la proa para aprovechar la impulsión del barco, reduce la velocidad.
A efectos de este real decreto, se considera que puede dañar, molestar o inquietar a los cetáceos:
a) El contacto físico de embarcaciones o personas con el cetáceo o grupo de cetáceos.
b) Alimentar a los animales, tirar alimentos, bebidas, basuras o cualquier otro tipo de objeto o sustancia sólida o líquida que sea perjudicial para los cetáceos.
c) Impedir el movimiento libre de los cetáceos, interceptar su trayectoria, cortar su paso o atravesar un grupo de cetáceos, en cualquier momento y dirección.
d) Separar o dispersar al grupo de cetáceos y, especialmente, interponerse entre un adulto y su cría.
e) Producir ruidos y sonidos fuertes o estridentes para intentar atraerlos o alejarlos, incluyendo la emisión de sonidos bajo el agua.
f) Bañarse o bucear en la Zona de Exclusión del Espacio Móvil de Protección de Cetáceos.
1. Si durante la realización de cualquier actividad en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos se observara alguna señal de alarma, molestia o alteración en el comportamiento de un cetáceo o un grupo de ellos, tales como cambios repentinos de dirección o velocidad, saltos súbitos ante la aproximación, huida o alejamiento reiterado, deberá abandonarse dicho Espacio en el menor tiempo posible, procurando evitar mayores molestias a los animales durante las maniobras de alejamiento.
Los delfines están expuestos a cortes de hélice y a estrés debido al ruido del motor. Además, la bahía es una zona de cría para el delfín común, por ello debes aumentar tus medidas de precaución.
- En caso de herir a uno o varios cetáceos o si se encuentra un animal muerto o herido, se deberá avisar, a la mayor brevedad e indicando la posición, al Servicio Marítimo de la Guardia Civil, si es en el mar territorial, o a la Fuerza de Acción Marítima de la Armada, si es en aguas marinas que no tengan ese carácter. En el caso de que esté muerto, se procurará balizar al animal, y en el caso de que esté herido, señalar la posición del animal.
- En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, se dará cuenta también a la Capitanía Marítima competente por razón de las aguas en las que se encuentren los cetáceos, a través del Centro de Coordinación de Salvamento Marítimo correspondiente, precisando la posición y el estado de los mismos, así como las posibles medidas de balizamiento que, en su caso, se hubieran adoptado.