Sanciones por infracciones de una navegación inadecuada

04/08/2018

Es la época estrella para navegar, y las autoridades lo saben, por ello aumentan notablemente los controles de la Guardia Civil.

Tanto en el mar como en los puertos. Recomendamos llevar toda la documentación y equipo de seguridad a bordo siempre que se salga a navegar, porque este artículo no es para defender ilegalidades sino para mostrar la severidad de las sanciones en el mundo de la náutica, y lo mejor es no dar pie a ello.

La normativa básica por la que se rigen las embarcaciones de recreo es la ley de Puertos del estado y de la Marina Mercante. En ella se recogen todas las infracciones y régimen de aplicación de las mismas con sus agravantes. Además de esta Ley, aparecen varias de orden inferior como son RD 1434/1999 donde se regulan los requisitos de seguridad para embarcaciones de menos de 24 metros,  OM de 18 de Enero de 2000 referente al despacho de buques, y algunas más que sacan sobre la marcha.

El problema que se nos plantea no son las infracciones, las cuales siempre han de ser sancionadas, sino como dijimos anteriormente sus cuantías. Algunos ejemplos comparando la Ley General de Circulación, no llevar puesto el cinturón son 200 Euros, sin embargo no llevar el chaleco en moto de agua son 1000 Euros. No llevar luces de repuesto en el vehículo 150 Euros, llevar las bengalas caducadas 1500 Euros. No llevar al día la ITV 200 Euros, llevar el despacho de la embarcación caducado  1500 Euros. No respetar paso de peatones con un peatón cruzando 400 Euros, navegar por zona reservada a bañistas 1000 Euros y si hubiese alguno próximo 1500. Además las sanciones de tráfico tienen descuentos y bonificaciones, si usted intenta recurrir alguna multa marítima tenga claro que además pagará un recargo.

 

Ejemplos de sanciones

6.000 € por llevar a bordo dos personas de más.

6.000 € por obstruir entrada a puerto

6.000 € por hacer olas en puerto

 

3.000 € por navegar en una moto náutica sin título para ello o fondear en zona de baño.

3.000 € por dificultar la maniobra de atraque de un buque mercante.

 

1.500 € por navegar en una moto náutica sin título habilitante para ello.

1.500 € por navegar invadiendo la zona reservada a bañistas con peligro para estos.

1.500 € por tener material pirotécnico caducado.

1.500 € por no llevar la identificación en las amuras.

1.500 € por realizar un remolque sin autorización y supervisión de la Capitanía Marítima.

1.500 € por hallarse caducadas las bengalas.

 

1.000 € por navegar en zona reservada a bañistas.

1.000 € por no disponer de chalecos salvavidas para niños a bordo.

1.000 € por no llevar seguro

1.000 € no tener permiso de moto acuática, parado en un canal de acceso

 

500 € por no haber comunicado un cambio de titularidad.

500 € por fondeo en un canal de acceso a muelle.

500 € por fondeo en un canal de acceso a una playa

500 € por navegar en zona de bañistas.

Un patrón sancionado suele interponer uno o varios recursos. A veces, desconociendo que se dan casos en que, lejos de conseguir librarse de la sanción, esta se ve incrementada por habérsele aplicado la mínima en la denuncia.